CCom

Artículo 488. Cesion de derechos

Texto Legal

Los derechos que otorgan una patente de invención pueden cederse en todo o en parte, previo el cumplimiento de los requisitos legales de la materia y su inscripción en el Registro de Patentes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 488 del CCom?

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