CCom

Artículo 499. Autonomia de la obligacion

Texto Legal

Todo suscriptor de un titulo-valor se obliga autónomamente. Las circunstancias que invaliden la obligación de alguno o algunos de los suscriptores, no afectan las obligaciones de las demás personas que lo suscriban.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 499 del CCom?

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