CCom

Artículo 551. Termino de presentacion para aceptacion de letras a dias o meses vista

Texto Legal

Las letras giradas a días o meses vista, serán presentadas para su aceptación dentro del año que siga a la fecha de la letra. Cualesquiera de los obligados puede reducir el plazo de presentación para su aceptación, si lo consigna así en la letra. En la misma forma, el girador puede además ampliar el plazo y aún prohibir la presentación de la letra antes de determinada fecha. La letra no presentada en los plazos anteriores no abre la acción cambiaria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 551 del CCom?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 551 del CCom?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 551 CCom desde tu celular