CCom

Artículo 570. Plazo para el protesto

Texto Legal

El protesto por falta de aceptación de una letra deberá efectuarse en los plazos fijados para su presentación o antes de la fecha de vencimiento. El protesto por falta de pago de una letra pagadera a fecha fija o días o meses fecha o vista, se efectuará en el curso del tercer día hábil siguiente a la fecha de su vencimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 570 del CCom?

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