CCom

Artículo 598. Protesto

Texto Legal

El pagaré debe ser protestado por falta de pago de acuerdo con las normas dictadas para las letras de cambio. Llenado este requisito, tiene fuerza ejecutiva contra los obligados y avalistas, sin necesidad de reconocimiento de firmas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 598 del CCom?

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