CCom

Artículo 615. Protesto

Texto Legal

La constancia puesta por el Banco en el cheque de haber sido presentado en tiempo y no pagado total o parcialmente, surte efectos de protesto. La constancia se anotará en el mismo cheque o en hoja adherida a él, señalando los motivos de la negativa del pago, la fecha y hora de presentación. Sección IIIAcciones derivadas del cheque

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 615 del CCom?

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