CCom

Artículo 665. Deposito en un banco del importe de los titulos sorteados

Texto Legal

La sociedad deudora debe depositar en un Banco el importe de los títulos sorteados y los intereses causados, a más tardar un día antes del señalado para el pago. Si el representante común es un Banco, el depósito se lo hará en éste.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 665 del CCom?

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