CCom

Artículo 68. Usos prohibidos

Texto Legal

El empleo de marcas, contraseñas, leyendas, envases, dibujos o indicaciones que pudieran inducir al público a confusión acerca de la calidad, procedencia o cantidad de los objetos que se ofrecen o se venden, constituye delito sancionado por el Código Penal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 68 del CCom?

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