CCom

Artículo 81. Terminacion de funciones

Texto Legal

Cesarán las funciones del factor por: Muerte, incapacidad o inhabilitación para ejercer el comercio;Revocatoria de sus poderes;Disolución o enajenación de la empresa;Renuncia, una vez aceptada;Vencimiento del término pactado;Quiebra de la empresa. La muerte del titular no interrumpe las funciones del factor, mientras no se revoquen sus poderes, pero éste debe ofrecer caución si así lo solicitan los herederos. La caución será calificada por el juez competente. Todos los casos señalados de cesación de funciones del factor deben inscribirse en el Registro de Comercio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 81 del CCom?

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