CCom

Artículo 815. Contratos celebrados por correspondencia

Texto Legal

Los contratos celebrados por correspondencia quedarán perfeccionados desde el momento en el cual el proponente reciba respuesta de aceptación de su ofrecimiento. Sin embargo si en la respuesta se proponen condiciones modificatorias de la propuesta original, el contrato, con estas modificaciones, se perfeccionara cuando se reciba la respuesta del proponente aceptándolas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 815 del CCom?

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