El factor es responsable de cualquier daño que ocasione al titular por dolo, culpa o infracción a las instrucciones recibidas para el desempeño de sus funciones.
Anterior
Art. 85. Terminacion del mandato por fraude
Siguiente
Art. 87. Factor no constituido expresamente
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo