CCom

Artículo 871. Derecho de retencion

Texto Legal

El depositario puede retener la cosa para garantizar el pago de las sumas líquidas que le deba el depositante, relacionadas directamente con el deposito. Sección IIDepósito regular

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 871 del CCom?

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