CCom

Artículo 882. Perfeccionamiento del contrato

Texto Legal

El contrato de prenda con desplazamiento, se perfeccionará por el acuerdo de las partes, pero el acreedor no goza de privilegio emergente del gravamen sino a partir de la entrega de la cosa dada en prenda, al mismo acreedor, o a un tercero designado por las partes. En la prenda de crédito, si éste consta en documento, el deudor debe entregar ésta al acreedor. Si no se entrega la cosa o documento, el acreedor podrá solicitarlo judicialmente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 882 del CCom?

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