CCom

Artículo 92. Autorizacion para cobrar en caso de ser portador del documento

Texto Legal

Cuando la venta sea efectuada a plazos y el precio no se pague en el local, el dependiente sólo podrá cobrar su importe si el documento en el cual se declara el recibo de la cantidad adeudada está debidamente firmado por el titular o su representante autorizado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 92 del CCom?

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