CCom

Artículo 924. Duracion del contrato

Texto Legal

Si no se hubiera establecido la duración del suministro, cada una de las partes podrá poner fin al contrato dando aviso a la otra con una anticipación de treinta días, por lo menos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 924 del CCom?

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