Los mensajes de datos podran conservarse en cualquier medio electronico que garantice su integridad y disponibilidad durante el plazo que establezca la ley.
Los mensajes de datos podran conservarse en cualquier medio electronico que garantice su integridad y disponibilidad durante el plazo que establezca la ley.
Las disposiciones sobre firma electronica del Codigo de Comercio constituyen el marco juridico fundamental para el uso de medios electronicos en las operaciones mercantiles, complementando las disposiciones del articulo 17-D del Codigo Fiscal de la Federacion sobre la e.firma del SAT.
La firma electronica avanzada es un instrumento esencial para el comercio digital moderno, pues permite celebrar contratos, firmar documentos y realizar transacciones con la misma validez juridica que la firma autografa.
Para las empresas, el uso adecuado de la firma electronica es fundamental para la validez de sus operaciones digitales, incluyendo la emision de CFDI, la presentacion de declaraciones fiscales y la celebracion de contratos electronicos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Para SDV Asesores, la conservacion de mensajes de datos en medios electronicos que garanticen integridad y disponibilidad complementa las obligaciones de conservacion documental del articulo 46 del Codigo de Comercio y del articulo 30 del CFF. Las empresas deben implementar sistemas de almacenamiento digital que cumplan con los requisitos de integridad, disponibilidad y accesibilidad durante los plazos legales de conservacion, que pueden ser de hasta diez anos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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