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Artículo 373. Riesgos en la compraventa mercantil

Desde el momento de la perfeccion del contrato, los riesgos de la cosa vendida corren a cargo del comprador.

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Texto Legal

Articulo 373 — Riesgos en la compraventa mercantil

Desde el momento de la perfeccion del contrato, los riesgos de la cosa vendida corren a cargo del comprador.

La compraventa mercantil es el contrato comercial mas comun y su regulacion en el Codigo de Comercio establece reglas especificas que complementan las disposiciones generales del Codigo Civil Federal.

La distincion entre compraventa civil y mercantil tiene consecuencias practicas importantes: la compraventa mercantil se rige por el proposito de especulacion comercial y esta sujeta a plazos mas breves para la reclamacion de vicios y defectos.

Para las empresas, la correcta documentacion de las operaciones de compraventa es esencial tanto para la seguridad juridica como para el cumplimiento de obligaciones fiscales, incluyendo la emision de CFDI y la determinacion del IVA aplicable.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Para SDV Asesores, la regla de transferencia de riesgos al comprador desde el momento de perfeccion del contrato tiene implicaciones directas en la contratacion de seguros y la determinacion de responsabilidades. Las empresas compradoras deben contratar coberturas de seguro desde el momento del acuerdo, no solo desde la entrega fisica de las mercancias. En operaciones de comercio internacional, los Incoterms pueden modificar estas reglas de transferencia de riesgo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 373 del CCom?

Desde el momento de la perfeccion del contrato, los riesgos de la cosa vendida corren a cargo del comprador.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 373 de la Codigo de Comercio?

Para SDV Asesores, la regla de transferencia de riesgos al comprador desde el momento de perfeccion del contrato tiene implicaciones directas en la contratacion de seguros y la determinacion de responsabilidades. Las empresas compradoras deben contratar coberturas de seguro desde el momento del acuerdo, no solo desde la entrega fisica de las mercancias. En operaciones de comercio internacional, los Incoterms pueden modificar estas reglas de transferencia de riesgo.

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