CF Panamá

Artículo 1001.

Texto Legal

El funcionario que conceda licencia para el sacrificio de ganado sin que se haya pagado previamente el impuesto correspondiente será sancionado con una multa igual al quíntuplo del monto del impuesto evadido.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1001 del CF Panamá?

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