CF Panamá

Artículo 1090.

Texto Legal

Todas las personas que tengan a su cuidado, o bajo su custodia o control, fondos del Tesoro Nacional, serán responsables de ellos y de todas las pérdidas que ocurran a causa de su negligencia o uso ilegal de tales fondos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1090 del CF Panamá?

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