El empleado público que debe intervenir en el retiro de las mercaderías depositadas en estos Almacenes tendrá en su poder todas las llaves de los locales destinados a uso general. Los locales arrendados a un solo importador no podrán abrirse sin la concurrencia de éste y del empleado público autorizado, para lo cual uno y otro tendrán en su poder llaves distintas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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