CF Panamá

Artículo 592.

Texto Legal

Artículo derogado por el Artículo 8 de la Ley 62 de 19 de septiembre de 1996, publicada en la Gaceta Oficial 23,128 de 23 de septiembre de 1996 Artículos 593 a 607. Artículos derogados por el Artículo 15 de la Ley 41 de 1 de julio de 1996, publicada en la Gaceta Oficial 23,070 de 2 de julio de 1996. Capítulo lIl Del Tránsito Artículos 608 a 615. Artículos derogados por el Artículo 15 de la Ley 41 de 1 de julio de 1996, publicada en la Gaceta Oficial 23,070 de 2 de julio de 1996. Capítulo IV Disposiciones Comunes a los Capítulos Anteriores Artículos 616 a 621. Artículos derogados por el Artículo 15 de la Ley 41 de 1 de julio de 1996, publicada en la Gaceta Oficial 23,070 de 2 de julio de 1996. Título IIl Régimen Aduanero Especial Capítulo Único Título y Capítulo modificado en su denominación por el Artículo 11 de la Ley 36 de 27 de septiembre de 1979, publicada en la Gaceta Oficial 18,925 de 10 de octubre de 1979. Artículos 622 a 628. Artículos derogados por el Artículo 15 de la Ley 41 de 1 de julio de 1996, publicada en la Gaceta Oficial 23,070 de 2 de julio de 1996. Artículos 629 a 631. Artículos derogados por el Artículo 19 de la Ley 36 de 27 de septiembre de 1979, publicada en la Gaceta Oficial 18,925 de 10 de octubre de 1979. Título IV Zonas Libres Artículos 632 a 638. Artículos derogados por el Artículo 15 de la Ley 41 de 1 de julio de 1996, publicada en la Gaceta Oficial 23,070 de 2 de julio de 1996.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 592 del CF Panamá?

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