CFF

Artículo 91-D. Multas por infracciones en comercio digital y plataformas tecnológicas

Fija los montos de las multas aplicables a las plataformas tecnológicas y participantes del comercio digital que cometan las infracciones del artículo 91-C, con sanciones que incluyen el posible bloqueo de acceso a la plataforma desde territorio nacional.

multascomercio-digitalplataformasbloqueosanciones

Texto Legal

Artículo 91-D — Multas por Infracciones en Comercio Digital

A quienes cometan las infracciones señaladas en el artículo 91-C de este Código, se les impondrán las siguientes multas:

I. No retener contribuciones

De $500,000 a $1,000,000 a las comprendidas en la fracción I del artículo 91-C, por cada período mensual en el que no se efectúen las retenciones correspondientes.

II. No proporcionar información

De $250,000 a $500,000 a las comprendidas en la fracción II del artículo 91-C, por cada período respecto del cual no se proporcione la información requerida.

III. No inscribir al RFC

De $3,080 a $9,250 a las comprendidas en la fracción III del artículo 91-C, por cada usuario no inscrito o cuyo RFC no se haya verificado.

IV. Residentes en el extranjero

De $500,000 a $1,000,000 a las comprendidas en la fracción IV del artículo 91-C. En caso de reincidencia o incumplimiento persistente, la autoridad fiscal podrá ordenar a los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones el bloqueo temporal del acceso al servicio digital desde México.

V. No emitir CFDI

De $17,020 a $97,330 a las comprendidas en la fracción V del artículo 91-C, por cada comprobante no emitido.

Bloqueo de acceso

La medida de bloqueo de acceso a plataformas digitales que operen desde el extranjero sin cumplir sus obligaciones fiscales constituye una de las herramientas más contundentes del fisco mexicano para asegurar el cumplimiento en la economía digital.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Las plataformas digitales que no retengan contribuciones enfrentan multas de $500,000 a $1,000,000 por mes. Las empresas extranjeras que no cumplan pueden ser bloqueadas en Mexico. No emitir CFDI por operaciones en plataformas cuesta hasta $97,330 por comprobante. Si operas en la economia digital, asegurate de cumplir todas las obligaciones de retencion e informacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 91-D del CFF?

Fija los montos de las multas aplicables a las plataformas tecnológicas y participantes del comercio digital que cometan las infracciones del artículo 91-C, con sanciones que incluyen el posible bloqueo de acceso a la plataforma desde territorio nacional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 91-D de la Código Fiscal?

SDV Asesores: Las plataformas digitales que no retengan contribuciones enfrentan multas de $500,000 a $1,000,000 por mes. Las empresas extranjeras que no cumplan pueden ser bloqueadas en Mexico. No emitir CFDI por operaciones en plataformas cuesta hasta $97,330 por comprobante. Si operas en la economia digital, asegurate de cumplir todas las obligaciones de retencion e informacion.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 91-D del CFF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 91-D CFF desde tu celular