CPF

Artículo 223. Peculado

Tipifica el delito de peculado como la disposicion para si o para otro de recursos publicos que le han sido confiados al servidor publico.

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Texto Legal

Articulo 223 — Peculado

Tipifica el delito de peculado como la disposicion para si o para otro de recursos publicos que le han sido confiados al servidor publico.

Elementos del tipo penal

Este articulo del Codigo Penal Federal establece las conductas tipificadas y las sanciones correspondientes. Para la configuracion del delito se requiere la acreditacion de todos los elementos del tipo penal: la conducta, la tipicidad, la antijuridicidad y la culpabilidad del agente. La ausencia de cualquiera de estos elementos impide la configuracion del ilicito.

Penalidad y consecuencias

Las penas previstas en este articulo se aplican conforme a las reglas de individualizacion del articulo 52 del CPF, considerando la gravedad del ilicito, el grado de culpabilidad del agente y las circunstancias de ejecucion. El juzgador debera ponderar las circunstancias atenuantes y agravantes para fijar la pena dentro de los limites legales.

Aplicacion practica

En la practica forense, este articulo se aplica conforme al sistema penal acusatorio establecido por el CNPP. La acreditacion del tipo penal requiere que el Ministerio Publico presente datos de prueba suficientes para establecer la existencia del hecho delictivo y la probable participacion del imputado, garantizando en todo momento los derechos fundamentales del acusado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Para SDV Asesores, el peculado se configura cuando un servidor publico distrae fondos publicos para beneficio propio o de terceros. Las penas son proporcionales al monto desviado y pueden alcanzar hasta catorce anos de prision. La defensa debe cuestionar la prueba del desvio de recursos y demostrar que los fondos se aplicaron conforme a su destino legal o que el imputado no tuvo participacion en el manejo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 223 del CPF?

Tipifica el delito de peculado como la disposicion para si o para otro de recursos publicos que le han sido confiados al servidor publico.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 223 de la Codigo Penal Federal?

Para SDV Asesores, el peculado se configura cuando un servidor publico distrae fondos publicos para beneficio propio o de terceros. Las penas son proporcionales al monto desviado y pueden alcanzar hasta catorce anos de prision. La defensa debe cuestionar la prueba del desvio de recursos y demostrar que los fondos se aplicaron conforme a su destino legal o que el imputado no tuvo participacion en el manejo.

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