CNPP

Artículo 164. Revision de medidas cautelares

Regula la facultad de las partes de solicitar la revision de las medidas cautelares cuando cambien las circunstancias que las motivaron.

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Texto Legal

Articulo 164. Revision de medidas cautelares

Regula la facultad de las partes de solicitar la revision de las medidas cautelares cuando cambien las circunstancias que las motivaron.

Aspectos fundamentales

Este articulo regula aspectos esenciales del procedimiento penal acusatorio mexicano en relacion con las medidas cautelares y providencias precautorias en el proceso penal. Su aplicacion es obligatoria en todos los procedimientos penales tanto del fuero federal como del fuero comun, conforme al sistema de justicia penal establecido por la reforma constitucional de 2008.

Contenido y alcance

Las disposiciones de este articulo deben interpretarse de conformidad con los principios constitucionales del sistema acusatorio adversarial y con los tratados internacionales de derechos humanos de los que Mexico es parte. El organo jurisdiccional, el Ministerio Publico y las partes estan obligados a observar las reglas aqui establecidas, garantizando el debido proceso y la tutela judicial efectiva.

Relevancia practica

En la practica del litigio penal, este articulo cobra importancia porque establece reglas claras que deben observarse para garantizar la legalidad del procedimiento. Su inobservancia puede dar lugar a la nulidad de actuaciones, la exclusion de pruebas o la reposicion del procedimiento, segun la gravedad de la violacion.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La revision de medidas cautelares puede solicitarse en cualquier momento cuando cambien las circunstancias. Este mecanismo es subutilizado en la practica. SDV Asesores recomienda que los defensores monitoreen constantemente los factores que motivaron la medida cautelar y soliciten su revision cuando existan cambios favorables en la situacion del imputado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 164 del CNPP?

Regula la facultad de las partes de solicitar la revision de las medidas cautelares cuando cambien las circunstancias que las motivaron.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 164 de la Codigo de Procedimientos Penales?

La revision de medidas cautelares puede solicitarse en cualquier momento cuando cambien las circunstancias. Este mecanismo es subutilizado en la practica. SDV Asesores recomienda que los defensores monitoreen constantemente los factores que motivaron la medida cautelar y soliciten su revision cuando existan cambios favorables en la situacion del imputado.

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