CNPP

Artículo 372. Registro de la audiencia de juicio

Regula la obligacion de registrar integramente la audiencia de juicio oral mediante medios tecnologicos idoneos.

juicio oraldebatesentenciatribunal

Texto Legal

Articulo 372. Registro de la audiencia de juicio

Regula la obligacion de registrar integramente la audiencia de juicio oral mediante medios tecnologicos idoneos.

Aspectos fundamentales

Este articulo regula aspectos esenciales del procedimiento penal acusatorio mexicano en relacion con la etapa de juicio oral y el debate probatorio ante el tribunal de enjuiciamiento. Su aplicacion es obligatoria en todos los procedimientos penales tanto del fuero federal como del fuero comun, conforme al sistema de justicia penal establecido por la reforma constitucional de 2008.

Contenido y alcance

Las disposiciones de este articulo deben interpretarse de conformidad con los principios constitucionales del sistema acusatorio adversarial y con los tratados internacionales de derechos humanos de los que Mexico es parte. El organo jurisdiccional, el Ministerio Publico y las partes estan obligados a observar las reglas aqui establecidas, garantizando el debido proceso y la tutela judicial efectiva.

Relevancia practica

En la practica del litigio penal, este articulo cobra importancia porque establece reglas claras que deben observarse para garantizar la legalidad del procedimiento. Su inobservancia puede dar lugar a la nulidad de actuaciones, la exclusion de pruebas o la reposicion del procedimiento, segun la gravedad de la violacion.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El registro integral de la audiencia de juicio es una garantia de transparencia y permite la revision en apelacion. SDV Asesores recomienda verificar que el registro sea completo y solicitar copia cuando sea necesario para la preparacion de recursos o para el analisis posterior del caso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 372 del CNPP?

Regula la obligacion de registrar integramente la audiencia de juicio oral mediante medios tecnologicos idoneos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 372 de la Codigo de Procedimientos Penales?

El registro integral de la audiencia de juicio es una garantia de transparencia y permite la revision en apelacion. SDV Asesores recomienda verificar que el registro sea completo y solicitar copia cuando sea necesario para la preparacion de recursos o para el analisis posterior del caso.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 372 del CNPP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 372 CNPP desde tu celular