Este articulo garantiza que los oficiales y tripulantes mantendrán la continuidad de su empleo al pasar de un dueño de nave a un arrendatario. Esto es relevante para la estabilidad laboral en el sector marítimo.
Art. 127. No perderán la continuidad de sus servicios aquellos oficiales o tripulantes que hubieren servido al dueño de la nave y que, por arrendamiento de ésta, pasaren a prestar servicios al arrendatario o armador.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si no se respeta esta continuidad, los trabajadores podrían perder sus derechos laborales, lo que podría generar conflictos y demandas por despido injustificado.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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