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Artículo 152 quinquies C. Obligación de informar sobre el servicio

Las empresas deben informar a los trabajadores sobre los detalles del servicio ofrecido antes de su aceptación, asegurando transparencia en la relación laboral. Esto mejora la confianza entre las partes.

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Texto Legal

Artículo 152 quinquies C.- De la obligación de informar sobre el servicio ofrecido. La empresa de plataforma digital de servicios deberá informar al trabajador de plataforma digital, al momento de ofrecer un servicio y previo a su aceptación, del lugar de realización, la identidad del usuario del servicio y el medio de pago que se utilizará. Tratándose de entregas, deberá indicar el domicilio donde se realizará y, en el caso de los servicios de transporte, los domicilios de origen y destino.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo fomenta la comunicación clara entre las partes, lo que puede reducir malentendidos y mejorar la satisfacción del trabajador con su labor.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 152 quinquies C del CdT?

Las empresas deben informar a los trabajadores sobre los detalles del servicio ofrecido antes de su aceptación, asegurando transparencia en la relación laboral. Esto mejora la confianza entre las partes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 152 quinquies C de la CdT?

Este articulo fomenta la comunicación clara entre las partes, lo que puede reducir malentendidos y mejorar la satisfacción del trabajador con su labor.

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