Las elecciones de directorio y votaciones de censura deben realizarse simultáneamente según lo establecido en los estatutos o las normas de la Dirección del Trabajo.
Art. 246. Todas las elecciones de directorio, votaciones de censura y escrutinios de los mismos, deberán realizarse de manera simultánea en la forma que determinen los estatutos. Si éstos nada dicen, se estará a las normas que determine la Dirección del Trabajo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Asegurarse de cumplir con este requisito evita conflictos legales y asegura la legitimidad de las decisiones tomadas en el sindicato.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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