El articulo 291 menciona las infracciones que atentan contra la libertad sindical, como el uso de fuerza o presión sobre los trabajadores. Estas acciones son sancionadas para proteger el derecho a la libre asociación.
Art. 291. Incurren, especialmente, en infracción que atenta contra la libertad sindical: a) Los que ejerzan fuerza física o moral en los trabajadores a fin de obtener su afiliación o desafiliación sindical o para que un trabajador se abstenga de pertenecer a un sindicato, y los que en igual forma impidan u obliguen a un trabajador a promover la formación de una organización sindical, y b) Los que por cualquier medio entorpezcan o impidan la libertad de opinión de los miembros de un sindicato, impidan el ingreso de los trabajadores a las asambleas o el ejercicio de su derecho a sufragio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer este articulo es clave para evitar acciones que puedan ser interpretadas como coercitivas, lo que podría resultar en sanciones para la empresa y conflictos laborales.
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