CTB

Artículo 141. Organización

Texto Legal

La Organización, estructura y procedimientos administrativos internos aplicables por la Superintendencia General, serán aprobados mediante Resolución Suprema. En el caso de las Superintendencias Regionales esta aprobación se realizará mediante Resolución Administrativa emitida por la Superintendencia General.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 141 del CTB?

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