Cada conducta contraventora será sancionada de manera independiente, según corresponda con: Multa;Clausura;Pérdida de concesiones, privilegios y prerrogativas tributarias;Prohibición de suscribir contratos con el Estado por el término de tres (3) meses a cinco (5) años. Esta sanción será comunicada a la Contraloría General de la República y a los Poderes del Estado que adquieran bienes y contraten servicios, para su efectiva aplicación bajo responsabilidad funcionaria;Comiso definitivo de las mercancías a favor del Estado;Suspensión temporal de actividades.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo