CTB

Artículo 65. Presunción de Legitimidad

Texto Legal

Los actos de la Administración Tributaria por estar sometidos a la Ley se presumen legítimos y serán ejecutivos, salvo expresa declaración judicial en contrario emergente de los procesos que este Código establece. No obstante lo dispuesto, la ejecución de dichos actos se suspenderá únicamente conforme lo prevé este Código en el Capítulo II del Título III.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 65 del CTB?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 65 del CTB?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 65 CTB desde tu celular