CT

Artículo 70 (DEL ART 1). Artículo 70 (DEL ART 1)

Texto Legal

Artículo 70.- No se autorizará ninguna disolución de sociedad sin un certificado del Servicio, en el cual conste que la sociedad se encuentra al día en el pago de sus tributos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 70 (DEL ART 1) del CT?

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