Base para las posturas.- La base para las posturas será las dos terceras partes del avalúo de los bienes a rematarse en el primer señalamiento; y la mitad, en el segundo. Concordancias: CODIGO DE COMERCIO, Arts. 109 CODIGO ORGANICO GENERAL DE PROCESOS, COGEP, Arts. 402 Parágrafo 1o. Del remate de inmuebles
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