CT

Artículo 112. Procedimientos Tributarios

Se definen los procedimientos tributarios que incluyen fiscalización, cobranza coactiva y contencioso-tributario. Estos procedimientos son esenciales para la administración de las obligaciones tributarias.

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Texto Legal

B.- EXPEDIENTES GENERADOS EN LAS ACTUACIONES Y PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS DE LA SUNAT La SUNAT regula, mediante resolución de superintendencia, la forma y condiciones en que serán llevados y archivados los expedientes de las actuaciones y procedimientos tributarios, asegurando la accesibilidad a estos. La utilización de sistemas electrónicos, telemáticos o informáticos para el llevado o conservación del expediente electrónico que se origine en los procedimientos tributarios o actuaciones, que sean llevados de manera total o parcial en dichos medios, deberá respetar los principios de accesibilidad e igualdad y garantizar la protección de los datos personales de acuerdo a lo establecido en las normas sobre la materia, así como el reconocimiento de los documentos emitidos por los referidos sistemas. Para dicho efecto: a) Los documentos electrónicos que se generen en estos procedimientos o actuaciones tendrán la misma validez y eficacia que los documentos en soporte físico. b) Las representaciones impresas de los documentos electrónicos tendrán validez ante cualquier entidad siempre que para su expedición se utilicen los mecanismos que aseguren su identificación como representaciones del original que la SUNAT conserva. c) La elevación o remisión de expedientes o documentos podrá ser sustituida para todo efecto legal por la puesta a disposición del expediente electrónico o de dichos documentos. d) Cuando en el presente Código se haga referencia a la presentación o exhibiciones en las oficinas fiscales o ante los funcionarios autorizados esta se entenderá cumplida, de ser el caso, con la presentación o exhibición que se realice en aquella dirección o sitio electrónico que la SUNAT defina como el canal de comunicación entre el administrado y ella. (Artículo incorporado por el Artículo 6° de la Ley N° 30296, publicada el 31 de diciembre de 2014, que entró en vigencia el día siguiente de su publicación conforme al numeral 3 de la Quinta Disposición Complementaria Final de dicha Ley). (Ver Tercera y Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30296 publicada el 31 de diciembre de 2014).

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Entender los tipos de procedimientos tributarios es fundamental para cumplir con las obligaciones fiscales. Ignorar alguno puede llevar a sanciones o a la imposición de medidas coactivas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 112 del CT?

Se definen los procedimientos tributarios que incluyen fiscalización, cobranza coactiva y contencioso-tributario. Estos procedimientos son esenciales para la administración de las obligaciones tributarias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 112 de la CT?

Entender los tipos de procedimientos tributarios es fundamental para cumplir con las obligaciones fiscales. Ignorar alguno puede llevar a sanciones o a la imposición de medidas coactivas.

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