CT

Artículo 135. Actos reclamables

Se detallan los actos que pueden ser objeto de reclamacion, incluyendo resoluciones de determinacion y ordenes de pago, permitiendo a los contribuyentes impugnar decisiones adversas.

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Texto Legal

- ACTOS RECLAMABLES Puede ser objeto de reclamación la Resolución de Determinación, la Orden de Pago y la Resolución de Multa. (195) También son reclamables la resolución ficta sobre recursos no contenciosos y las resoluciones que establezcan sanciones de comiso de bienes, internamiento temporal de vehículos y cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes, así como las resoluciones que las sustituyan y los actos que tengan relación directa con la determinación de la deuda Tributaria. Asimismo, serán reclamables, las resoluciones que resuelvan las solicitudes de devolución y aquéllas que determinan la pérdida del fraccionamiento de carácter general o particular. (195) Párrafo sustituido por el Artículo 64º del Decreto Legislativo N° 953, publicado el 5 de febrero de 2004.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Identificar los actos reclamables es crucial para que los contribuyentes puedan actuar a tiempo y no perder la oportunidad de defender sus derechos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 135 del CT?

Se detallan los actos que pueden ser objeto de reclamacion, incluyendo resoluciones de determinacion y ordenes de pago, permitiendo a los contribuyentes impugnar decisiones adversas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 135 de la CT?

Identificar los actos reclamables es crucial para que los contribuyentes puedan actuar a tiempo y no perder la oportunidad de defender sus derechos.

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