CT

Artículo 14. Domicilio fiscal extranjeros

El artículo establece las normas para determinar el domicilio fiscal de personas domiciliadas en el extranjero que no lo fijen. Esto es relevante para la aplicación de obligaciones tributarias en el país.

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Texto Legal

- PRESUNCION DE DOMICILIO FISCAL DE DOMICILIADOS EN EL EXTRANJERO Cuando las personas domiciliadas en el extranjero no fijen un domicilio fiscal, regirán las siguientes normas: a) Si tienen establecimiento permanente en el país, se aplicarán a éste las disposiciones de los Artículos 12º y 13º. b) En los demás casos, se presume como su domicilio, sin admitir prueba en contrario, el de su representante.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si eres una persona domiciliada en el extranjero y no fijas un domicilio fiscal, podrías enfrentar complicaciones en el cumplimiento de tus obligaciones tributarias en el país, lo que puede llevar a sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 14 del CT?

El artículo establece las normas para determinar el domicilio fiscal de personas domiciliadas en el extranjero que no lo fijen. Esto es relevante para la aplicación de obligaciones tributarias en el país.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 14 de la CT?

Si eres una persona domiciliada en el extranjero y no fijas un domicilio fiscal, podrías enfrentar complicaciones en el cumplimiento de tus obligaciones tributarias en el país, lo que puede llevar a sanciones.

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