CPE

Artículo 118.

Texto Legal

Está prohibida la infamia, la muerte civil y el confinamiento. La máxima sanción penal será de treinta años de privación de libertad, sin derecho a indulto. El cumplimiento de las sanciones privativas de libertad y las medidas de seguridad están orientadas a la educación, habilitación e inserción social de los condenados, con respeto a sus derechos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 118 del CPE?

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