CPE

Artículo 189.

Texto Legal

Son atribuciones del Tribunal Agroambiental, además de las señaladas por la ley: Resolver los recursos de casación y nulidad en las acciones reales agrarias, forestales, ambientales, de aguas, derechos de uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables, hídricos, forestales y de la biodiversidad; demandas sobre actos que atenten contra la fauna, la flora, el agua y el medio ambiente; y demandas sobre prácticas que pongan en peligro el sistema ecológico y la conservación de especies o animales.Conocer y resolver en única instancia las demandas de nulidad y anulabilidad de títulos ejecutoriales.Conocer y resolver en única instancia los procesos contencioso administrativos que resulten de los contratos, negociaciones, autorizaciones, otorgación, distribución y redistribución de derechos de aprovechamiento de los recursos naturales renovables, y de los demás actos y resoluciones administrativas.Organizar los juzgados agroambientales. Capítulo CuartoJurisdicción Indígena Originaria Campesina

Preguntas Frecuentes

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