CPE

Artículo 239.

Texto Legal

Es incompatible con el ejercicio de la función pública: La adquisición o arrendamiento de bienes públicos a nombre de la servidora pública o del servidor público, o de terceras personas.La celebración de contratos administrativos o la obtención de otra clase de ventajas personales del Estado.El ejercicio profesional como empleadas o empleados, apoderadas o apoderados, asesoras o asesores, gestoras o gestores de entidades, sociedades o empresas que tengan relación contractual con el Estado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 239 del CPE?

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