CPE

Artículo 267.

Texto Legal

El Estado boliviano declara su derecho irrenunciable e imprescriptible sobre el territorio que el dé acceso al océano Pacífico y su espacio marítimo. La solución efectiva al diferendo marítimo a través de medios pacíficos y el ejercicio pleno de la soberanía sobre dicho territorio constituyen objetivos permanentes e irrenunciables del Estado boliviano.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 267 del CPE?

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