CPE

Artículo 328.

Texto Legal

Son atribuciones del Banco Central de Bolivia, en coordinación con la política económica determinada por el Órgano Ejecutivo, además de las señaladas por la ley: Determinar y ejecutar la política monetaria.Ejecutar la política cambiaria.Regular el sistema de pagos.Autorizar la emisión de la moneda.Administrar las reservas internacionales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 328 del CPE?

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