Constitucion

Artículo 110.

Texto Legal

- El Diputado no es responsable por las opiniones que emita en la Asamblea. Durante las sesiones no podra ser arrestado por causa civil, salvo autorizacion de la Asamblea o que el Diputado lo consienta. Desde que sea declarado electo propietario o suplente, hasta que termine su periodo legal, no podra ser privado de su libertad por motivo penal, sino cuando previamente haya sido suspendido por la Asamblea. Esta inmunidad no surte efecto en el caso de flagrante delito, o cuando el Diputado la renuncie. Sin embargo, el Diputado que haya sido detenido por flagrante delito, sera puesto en libertad si la Asamblea lo ordenare.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 110 del Constitucion?

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