Constitucion

Artículo 15.

Texto Legal

- Quien solicite la naturalizacion debera: acreditar su buena conducta, demostrar que tiene oficio o medio de vivir conocido, que sabe hablar, escribir y leer el idioma espanol, someterse a un examen comprensivo de la historia del pais y sus valores, prometer que residira en el territorio nacional de modo regular y jurar que respetara el orden constitucional de la Republica. Por medio de ley se estableceran los requisitos y la forma para tramitar la solicitud de naturalizacion. (Asi reformado por ley N 7065 de 21 de mayo de 1987).

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 15 del Constitucion?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 15 del Constitucion?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 15 Constitucion desde tu celular