- Leyes organicas. Las leyes organicas son aquellas que por su naturaleza regulan los derechos fundamentales; la estructura y organizacion de los poderes publicos; la funcion publica; el regimen electoral; el regimen economico financiero; el presupuesto, planificacion e inversion publica; la organizacion territorial; los procedimientos constitucionales; la seguridad y defensa; las materias expresamente referidas por la Constitucion y otras de igual naturaleza. Para su aprobacion o modificacion requeriran del voto favorable de las dos terceras partes de los presentes en ambas camaras.
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