Constitucion

Artículo 112.

Texto Legal

- Leyes organicas. Las leyes organicas son aquellas que por su naturaleza regulan los derechos fundamentales; la estructura y organizacion de los poderes publicos; la funcion publica; el regimen electoral; el regimen economico financiero; el presupuesto, planificacion e inversion publica; la organizacion territorial; los procedimientos constitucionales; la seguridad y defensa; las materias expresamente referidas por la Constitucion y otras de igual naturaleza. Para su aprobacion o modificacion requeriran del voto favorable de las dos terceras partes de los presentes en ambas camaras.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 112 del Constitucion?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 112 del Constitucion?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 112 Constitucion desde tu celular