Constitucion

Artículo 12.

Texto Legal

- Division politico administrativa. Para el gobierno y la administracion del Estado, el territorio de la Republica se divide politicamente en un Distrito Nacional y en las regiones, provincias y municipios que las leyes determinen. Las regiones estaran conformadas por las provincias y municipios que establezca la ley.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del Constitucion?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 12 del Constitucion?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 12 Constitucion desde tu celular