Constitucion

Artículo 219.

Texto Legal

- Iniciativa privada. El Estado fomenta la iniciativa economica privada, creando las politicas necesarias para promover el desarrollo del pais. Bajo el principio de subsidiaridad el Estado, por cuenta propia o en asociacion con el sector privado y solidario, puede ejercer la actividad empresarial con el fin de asegurar el acceso de la poblacion a bienes y servicios basicos y promover la economia nacional. Parrafo.- Cuando el Estado enajene su participacion en una empresa, podra tomar las medidas conducentes a democratizar la titularidad de sus acciones y ofrecera a sus trabajadores, a las organizaciones solidarias y de trabajadores, condiciones especiales para acceder a dicha propiedad accionaria. La ley reglamentara la materia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 219 del Constitucion?

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