Constitucion

Artículo 228.

Texto Legal

- Emision de billetes y monedas. El Banco Central, cuyo capital es propiedad del Estado, es el unico emisor de los billetes y monedas de circulacion nacional y tiene por objeto velar por la estabilidad de precios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 228 del Constitucion?

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