CPE

Artículo 230.

Texto Legal

En el ejercicio del servicio público se prohíbe, además de lo que determine la ley: 1. Desempeñar más de un cargo público simultáneamente a excepción de la docencia universitaria siempre que su horario lo permita. 2. El nepotismo. 3. Las acciones de discriminación de cualquier tipo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 230 del CPE?

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