CPE

Artículo 383.

Texto Legal

Se garantiza el derecho de las personas y las colectividades al tiempo libre, la ampliación de las condiciones físicas, sociales y ambientales para su disfrute, y la promoción de actividades para el esparcimiento, descanso y desarrollo de la personalidad. Sección séptima Comunicación social

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 383 del CPE?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 383 del CPE?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 383 CPE desde tu celular